210.52(A) Disposiciones generales
Las disposiciones que estipulan la colocación de tomas de corriente para unidades de vivienda están cubiertas en 210.52(A) hasta (H). En el «Enfoque» del mes pasado se trataron ambos párrafos y la nota de la letra pequeña de la 210.52. Este mes, la discusión continúa con los requisitos generales para la colocación de receptáculos. Estas disposiciones generales se aplican a la mayoría de las habitaciones de las viviendas. En todas las cocinas, habitaciones familiares, comedores, salas de estar, salones, bibliotecas, salas de estar, cuartos de sol, dormitorios, salas de recreo o habitaciones o áreas similares de las viviendas, las tomas de corriente deben instalarse de acuerdo con las disposiciones generales especificadas en 210.52(A)(1) a (3). Dentro de estas habitaciones o áreas, la colocación de los receptáculos está determinada por el espacio en la pared. No piense que sólo porque el nombre de una habitación en particular no está incluido en esta lista, está exento. Esta disposición establece que también se exige el cumplimiento de las habitaciones o zonas similares.
En los planos pueden aparecer diversos nombres de habitaciones y zonas similares, especialmente en las casas más grandes. Otros nombres que no se mencionan específicamente en esta sección del Código incluyen: sala de estar (área), gran sala, sala de bonificación, sala de la Florida, sala de la mañana, sala de estar, rincón de desayuno (área), estudio, oficina, sala de medios de comunicación, loft, estudio y sala de juegos. Además de los nombres aquí mencionados, también pueden aparecer otros nombres en los planos. Si hay alguna duda sobre si las disposiciones generales sobre recipientes son aplicables o no en una habitación o zona no mencionada anteriormente, consulte a la autoridad local competente.
Ciertas habitaciones o zonas de las unidades de vivienda no cubiertas por las disposiciones generales incluyen los baños, las zonas de lavandería, los sótanos, los garajes, los pasillos, el exterior y las superficies de las encimeras de las cocinas. Cada una de estas habitaciones o áreas debe cumplir con los requisitos específicos de los receptáculos enumerados en 210.52(C) a (H). Aunque esta lista incluye los sótanos, las disposiciones generales son aplicables a cualquier parte de un sótano que contenga habitaciones habitables, como un estudio, una sala de recreo, una sala de juegos, etc. Un lugar que no se menciona son los armarios. Aunque las tomas de corriente dentro de los armarios están permitidas, no son obligatorias.
210.52(A)(1) Espacio
La cantidad de espacio en la pared determina el número mínimo de tomas de corriente en una vivienda determinada. El espacio en la pared se mide horizontalmente a lo largo de la línea del suelo. Aunque el Código establece los requisitos para el número mínimo de receptáculos en una vivienda, no limita el número de tomas de corriente. Los receptáculos deben instalarse de manera que ningún punto medido horizontalmente a lo largo de la línea del suelo en cualquier espacio de la pared esté a más de 6 pies o 1,8 metros de una toma de corriente en ese espacio. Siguiendo la línea del suelo desde una puerta, chimenea o abertura similar, la distancia máxima a un receptáculo es de 1,8 metros. A veces este requisito se conoce como la «regla de los 6 pies». (Véase la figura 1.) Dado que la distancia máxima a un receptáculo es de 1,8 metros, la distancia máxima entre dos receptáculos se duplica. Por lo tanto, la distancia máxima entre receptáculos es de 12 pies (3,6 metros). (Véase la figura 2.)
Una forma fácil de entender y recordar la colocación de los receptáculos en las viviendas es imaginar que se tiene una lámpara de pie con un cable de 1,8 metros. En cualquier lugar donde se coloque esta lámpara alrededor de la pared, debe haber un receptáculo al alcance (a menos que el espacio tenga menos de 24 pulgadas de ancho). No debería ser necesaria ninguna extensión para suministrar energía a esta lámpara. (Véase la figura 3.) Dado que se requiere un receptáculo a menos de 1,8 metros de la abertura de una puerta, si la lámpara se coloca junto a la abertura, habrá un receptáculo al alcance. A menos que la pared tenga menos de 2 pies de ancho, la regla de los 6 pies es aplicable.
210.52(A)(2) Espacio en la pared
Esta sección contiene tres frases que aclaran el término «espacio en la pared.» Tal como se utiliza en esta sección, un espacio de pared es cualquier espacio que tiene 2 pies (600 mm) o más de ancho. Esta disposición es sencilla. Si el espacio tiene menos de 2 pies (600 mms) de ancho, no se considera espacio de pared; por lo tanto, no se requiere ningún receptáculo. Si el espacio tiene 2 pies (600 mm) o más de ancho, entonces se considera espacio de pared, y por lo tanto se requiere una toma de corriente. Por ejemplo, dos dormitorios situados en una unidad de vivienda son casi idénticos. En cada habitación, hay un pequeño espacio de pared entre la puerta de entrada y la puerta del armario. El espacio de la pared entre las puertas de la primera habitación mide exactamente 2 pies (600 mm) de ancho. Como el espacio de esta habitación mide 2 pies (600 mm), se requiere una toma de corriente. (Véase la figura 4.)
El espacio de la pared entre las puertas de la segunda habitación mide sólo 23 pulgadas de ancho. En esta habitación, no se requiere un receptáculo. (Vea la Figura 5.)
Aunque se permiten los receptáculos en un espacio de menos de 2 pies (600 mm) de ancho, no se requieren.
Nota: Como estos receptáculos están ubicados en los dormitorios, deben estar protegidos contra fallas de arco. Todos los circuitos derivados que suministran tomacorrientes de 125 voltios, monofásicos, de 15 y 20 amperios, instalados en los dormitorios de las unidades de vivienda, deben estar protegidos por un interruptor de circuito de falla de arco listado para proporcionar protección a todo el circuito derivado. Este requisito apareció por primera vez en el NEC de 1999, pero no entró en vigor hasta el 1 de enero de 2002. La norma cambió ligeramente en la edición de 2002. En ambas ediciones, este requisito se aplica a las tomas de corriente de 125 voltios, monofásicas y de 15 y 20 amperios situadas en los dormitorios de las viviendas. En la norma original, la protección contra fallos de arco sólo era necesaria para los receptáculos de los dormitorios. Ahora, en la edición de 2002, todas las tomas de corriente de los dormitorios deben estar protegidas contra fallos de arco.
El espacio de la pared incluye el espacio medido alrededor de las esquinas, independientemente de si la esquina es interior o exterior. El espacio de la pared continúa a menos que esté interrumpido por una puerta, una chimenea o una abertura similar. (Véase la figura 6.)
El espacio ocupado por los paneles fijos (en paredes exteriores) se considera espacio de pared y debe incluirse al determinar el número mínimo de tomas de corriente. Los paneles deslizantes, también en paredes exteriores, se tratan como puertas. Por lo tanto, el espacio delante de los paneles deslizantes no se cuenta como espacio de pared. Incluso si una ventana está diseñada para parecerse a una puerta, el espacio debe contarse como espacio de la pared. Por ejemplo, la puerta trasera de una vivienda es una puerta con paneles de cristal. Una ventana, situada a cada lado de la puerta, es casi idéntica a la puerta. Como las ventanas son fijas y no se abren, el espacio que ocupan debe contarse como espacio de pared. El espacio delante de las ventanas que se extiende desde el techo hasta el suelo también debe contarse. Por ejemplo, una terraza acristalada está rodeada de ventanas que van del suelo al techo. Aunque prácticamente no hay espacio de pared en el cuarto de estar, las tomas de corriente deben instalarse de acuerdo con las disposiciones generales. Los receptáculos del suelo pueden instalarse si están situados a menos de 18 pulgadas (450 mm) de la pared.
Las puertas correderas de cristal contienen paneles fijos y correderos. La mayoría de las puertas correderas de cristal están compuestas por dos paneles, uno fijo y otro deslizante. Aunque no es necesario contar el espacio delante del panel deslizante, sí es necesario contar el espacio delante del panel fijo. (Véase la figura 7.)
En el «Enfoque» del próximo mes, que se reanuda con 210.52(A)(2)(3), se continuará con la discusión de las tomas de corriente requeridas en las unidades de vivienda.