La Rehabilitación Vocacional (Capitulo 31) provee asistencia a los veteranos que tienen una discapacidad relacionada con el servicio de al menos 10 por ciento y necesitan rehabilitación vocacional. La rehabilitación profesional cubre la matrícula y las tasas, los libros y el material escolar del estudiante y también paga una asignación mensual para la vivienda. Como estos fondos se pagan directamente a la universidad, una vez que se le certifica, se le aplica una retención de protección en su cuenta para que no se le dé de baja en sus clases. Para que se aplique esta retención, debe recibir la certificación antes de las 17.00 horas de la fecha de vencimiento de los pagos. Una vez que su formulario de inscripción de beneficios ha sido certificado, usted recibirá un mensaje a través del Portal de Veteranos notificando esto (y con su número de identificación de certificación) y esa es su manera de saber que una retención está en su lugar. Usted continuará recibiendo notificaciones sobre el pago que puede ignorar una vez que esté certificado.
La Rehabilitación Vocacional no paga a la escuela directamente por los costos no relacionados con la matrícula, tales como: el seguro de salud del estudiante (este es un cambio reciente por el VA), los costos de la residencia, los planes de comida o cualquier otro costo que usted elija para agregar a su cuenta de estudiante. Por favor, tenga en cuenta que usted será responsable de pagar estos costos de su bolsillo.
Actualmente, los veteranos elegibles para este programa pueden optar por recibir la cantidad de pago mensual de la Ley GI Post 9/11 o la asignación de subsistencia de Rehabilitación Vocacional.
Los veteranos elegibles pueden recibir hasta 48 meses de beneficios a tiempo completo.
Los veteranos generalmente tienen 12 años a partir de la fecha en que se les notifica su derecho a utilizar sus beneficios.
Tasas actuales de las dietas para el Capítulo 31.