Derechos individuales y de grupo

En las opiniones políticas de los liberales clásicos y de algunos liberales de derechas, el papel del gobierno es únicamente identificar, proteger y hacer cumplir los derechos naturales del individuo, al tiempo que se intenta asegurar un remedio justo para las transgresiones. Los gobiernos liberales que respetan los derechos individuales suelen establecer controles sistémicos que protegen los derechos individuales, como un sistema de garantías procesales en la justicia penal. Sin ciertos derechos colectivos, por ejemplo, un principio cardinal en el derecho internacional, consagrado en el Capítulo I Artículo I de la Carta de las Naciones Unidas, asegura el derecho de «Autodeterminación de los pueblos». Sin este derecho colectivo, los pueblos no tienen medios ni autoridad para hacer valer los derechos individuales que la autodeterminación permite establecer. Si los pueblos son incapaces de determinar su futuro colectivo, ciertamente son incapaces de afirmar o asegurar sus derechos individuales, su futuro y sus libertades. En contraste con la dicotomía individuo-colectivo propuesta por Peterson y sus contemporáneos, los críticos sugieren que ambos están necesariamente conectados y entrelazados, rechazando la afirmación de que existen en una relación mutuamente excluyente.

Ayn Rand, desarrolladora de la filosofía del Objetivismo, afirmaba que un grupo, como tal, no tiene derechos. Ella sostenía que sólo un individuo puede poseer derechos, y por lo tanto la expresión «derechos individuales» es una redundancia, mientras que la expresión «derechos colectivos» es una contradicción en los términos. Desde este punto de vista, una persona no puede adquirir nuevos derechos al unirse a un grupo ni perder los que ya posee. El hombre puede estar en un grupo sin querer o la minoría del grupo, sin derechos. Según esta filosofía, los derechos individuales no están sujetos a una votación pública, una mayoría no tiene derecho a votar para eliminar los derechos de una minoría, la función política de los derechos es precisamente proteger a las minorías de la voluntad de las mayorías, y la minoría más pequeña de la tierra es el individuo. Rand ofrece varias perspectivas únicas sobre los derechos, sosteniendo que 1. ontológicamente, los derechos no son ni atributos ni convenciones, sino principios de moralidad, teniendo, por tanto, el mismo estatus epistémico que cualquier otro principio moral; 2. los derechos «definen y sancionan la libertad de acción del hombre»; 3. como protectores de la libertad de acción, los derechos no significan «derechos» a ser suministrados con cualquier bien o servicio; 4. «Los derechos del hombre sólo pueden ser violados mediante el uso de la fuerza física. Sólo por medio de la fuerza física puede un hombre privar a otro de su vida, o esclavizarlo, o robarle, o impedirle perseguir sus propios objetivos, u obligarle a actuar en contra de su propio juicio racional»; y 5. los derechos derivan de las necesidades de la mente: para un organismo que sobrevive por medio de la razón, la libertad es un requisito de supervivencia: la fuerza iniciada niega o paraliza la mente pensante. El argumento general de Rand es que los derechos protegen la libertad para proteger la razón. «La fuerza y la mente son opuestas»

Adam Smith, en 1776 en su libro An Inquiry into the Nature and Causes of the Wealth of Nations (Una investigación sobre la naturaleza y las causas de la riqueza de las naciones), describe el derecho de cada generación sucesiva, como grupo, colectivamente, a la tierra y a todo lo que ésta posee. La Declaración de Independencia establece varios derechos de grupo, o colectivos, tanto del pueblo como de los estados, por ejemplo el Derecho del Pueblo: «siempre que una forma de gobierno resulte destructora de estos fines, es derecho del pueblo modificarla o abolirla» y el derecho de los Estados: «… como Estados Libres e Independientes, tienen pleno Poder para hacer la Guerra, concluir la Paz, contratar Alianzas, establecer Comercio, y hacer todos los demás Actos y Cosas que los Estados Independientes pueden hacer por derecho.»

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