Las leyes de adopción de California para los padres biológicos y las familias adoptivas

La adopción es mucho más que un proceso legal – es una experiencia que cambia la vida que ayuda a los padres esperanzados a construir sus familias y permite a las futuras madres tomar decisiones amorosas para sus hijos.

Las leyes de adopción juegan un papel importante en cada experiencia de adopción. Si está considerando adoptar un niño o dar en adopción a un bebé en California, encuentre la información que necesita sobre las leyes estatales de adopción a continuación.

Las leyes para adoptar un niño en California

Como esperanzados padres adoptivos, quieres asegurarte de que tu adopción se complete de forma segura y legal. Las leyes de adopción en California regulan casi todos los aspectos del proceso, incluyendo quién puede adoptar, qué gastos pueden pagar las familias y cómo se finaliza la adopción.

Aquí, aprenda más sobre algunas de las leyes de adopción de California más importantes para los nuevos padres.

¿Cumplo los requisitos para adoptar un niño en California?

Cada estado tiene leyes sobre quién puede adoptar. En California, los aspirantes a padres deben ser al menos 10 años mayores que el niño que van a adoptar, con excepciones para las adopciones de padrastros o parientes.

Todos los padres adoptivos deben completar un estudio del hogar, que incluye la comprobación de los antecedentes penales (huellas dactilares), antes de ser aprobados para adoptar en California.

¿Qué debo esperar durante el estudio del hogar en California?

Durante el estudio del hogar de adopción, se le pedirá que:

  • Enviar las huellas dactilares
  • Completar un examen físico
  • Asistir a clases de capacitación sobre adopción
  • Completar entrevistas individuales con un trabajador social
  • Completar una visita en el hogar y una investigación con un trabajador social
  • Más información sobre los elementos del estudio del hogar de California, así como los servicios de estudio del hogar de FCCA, está disponible aquí.

    ¿Por qué mi estudio de hogar no sería aprobado en California?

    Su estudio en el hogar no será aprobado si usted o cualquier adulto que viva en su hogar ha sido alguna vez condenado por un delito grave de abuso o negligencia infantil, abuso conyugal, un delito contra un niño (incluyendo pornografía infantil), o un delito que implique violencia, incluyendo violación, agresión sexual u homicidio. Además, el estudio del hogar no se aprobará si un adulto que vive en su hogar ha sido condenado por un delito grave de agresión física, agresión o un delito relacionado con las drogas o el alcohol en los últimos cinco años.

    ¿Cuáles son los requisitos legales para finalizar mi adopción en California?

    Antes de que su adopción pueda ser finalizada en California, tendrá que completar el período de supervisión posterior a la adopción. Este proceso dura al menos seis meses e incluye al menos cuatro entrevistas con su trabajador social, una de las cuales debe tener lugar en su casa con su hijo presente.

    Puede encontrar información adicional sobre los requisitos legales de adopción y finalización en California aquí.

    ¿Cómo se finalizan las adopciones internacionales en California?

    Los padres adoptivos suelen «readoptar» a su hijo en California después de haberlo adoptado internacionalmente. Este proceso suele implicar al menos una visita al hogar posterior a la adopción y una revisión de la adopción extranjera por parte de un tribunal estatal. Para volver a adoptar, los padres adoptivos tendrán que presentar los siguientes documentos ante el tribunal:

    • Una petición de adopción
    • Traducciones certificadas de los documentos legales de la adopción extranjera.
    • Informes contables
    • El estudio del hogar
    • La orden de adopción definitiva
      • Deberá finalizar su adopción en California si su hijo recibió un visado IH-4 o IR-4; esto significa que su hijo llegó a Estados Unidos bajo tutela y la adopción no se finalizó legalmente en el país donde nació. Si recibió un visado IH-3 o IR-3, la readopción es opcional pero muy recomendable; este proceso le permite obtener un certificado de nacimiento en inglés emitido por el estado para su hijo.

        ¿Qué gastos podemos pagar por la madre biológica de nuestro bebé?

        Las leyes de adopción de California regulan los gastos de la madre biológica que se pueden pagar durante el proceso de adopción. Si está trabajando con una futura madre que está haciendo un plan de adopción para su bebé, puede pagarle los gastos médicos y de manutención razonables relacionados con la maternidad.

        Los futuros padres biológicos deben hacer solicitudes de pago por escrito y proporcionar recibos por escrito de cualquier dinero que se intercambie; tendrá que presentar estos recibos al tribunal antes de que se pueda finalizar su adopción.

        Las leyes para dar en adopción a un bebé en California

        Si está embarazada y está considerando la adopción, es probable que tenga preguntas sobre cómo funciona la adopción para los padres biológicos en California. Las leyes de adopción pueden ser confusas, pero es importante entender sus derechos y su papel a lo largo de este proceso.

        Aquí encontrará algunas de las preguntas más comunes que tienen las futuras madres sobre las leyes de adopción de California.

        ¿Quién está obligado a dar su consentimiento al plan de adopción?

        Las siguientes personas están obligadas a dar su consentimiento para la adopción en California:

        • Los padres vivos del niño si están casados o si el padre está nombrado en el certificado de nacimiento.
        • El consentimiento de un padre que no está casado con la madre, o que no está nombrado en el certificado de nacimiento, no es necesario siempre y cuando se le haya notificado la adopción, o el tribunal haya dictaminado que no necesita ser notificado.
        • El padre custodio del niño, si el otro padre no se ha comunicado con el niño ni lo ha mantenido durante un año, o si el otro padre no responde a la notificación de los procedimientos de adopción
        • El cónyuge del padre adoptivo, si ese padre está casado
        • El niño que se va a adoptar, si tiene 12 años o más
        • ¿Cuándo y cómo puedo dar mi consentimiento a una adopción en California?

          Los requisitos y procedimientos de consentimiento varían según el tipo de adopción que elija.

          En una adopción por agencia, puede firmar una renuncia en cualquier momento después de que nazca su hijo y le hayan dado el alta del hospital. Deberá firmar estos formularios ante dos testigos, además de un trabajador social de la agencia.

          En una adopción independiente, puede firmar el formulario de acuerdo/consentimiento de colocación en cualquier momento después de que le hayan dado el alta del hospital tras el nacimiento de su bebé. Los formularios se firman en presencia de un proveedor de servicios de adopción.

          Si su hijo está cubierto por la ICWA, debe firmar los formularios ante un juez del tribunal superior, en cualquier momento después del nacimiento del niño y después de que las tribus correspondientes hayan recibido al menos 10 días de aviso de la audiencia.

          ¿Cuánto tiempo tengo para cambiar de opinión después de dar a mi bebé en adopción?

          El plazo de revocación también variará en función del tipo de adopción que elija. En una adopción por agencia, su consentimiento puede ser revocado en un plazo de 10 días o antes de que el Departamento emita el Reconocimiento, lo que ocurra antes. En una adopción independiente, puede retirar su consentimiento en un plazo de 30 días desde la ejecución. En cualquiera de los dos casos, puede optar por firmar una Renuncia al derecho de revocación, que hace que su consentimiento o renuncia sea irrevocable al cierre del siguiente día hábil.

          Sin embargo, si su hijo está sujeto a la ICWA, usted está legalmente autorizado a retirar su consentimiento o renuncia en cualquier momento antes de la finalización de la adopción.

          Si está haciendo un plan de adopción con la FCCA, su trabajador social le proporcionará información adicional sobre la agencia y la adopción independiente, el consentimiento y la revocación. Él o ella se asegurará de que usted entiende sus derechos antes de firmar cualquier documento vinculante.

          ¿Tengo que incluir al padre de mi bebé en el proceso de adopción?

          En California, cada hombre que podría ser el padre del niño debe ser notificado del plan de adopción. La FCCA hará esfuerzos diligentes para localizar y contactar a cada padre biológico potencial. Esto incluye pedirle toda la información que tenga sobre cómo contactarlo. Aunque se le recomienda encarecidamente que proporcione esta información para que la adopción sea legalmente segura, legalmente no se le puede obligar a nombrar al padre del niño si teme por su seguridad.

          Una vez que se haya contactado con un hombre:

          • Si apoya la adopción y quiere participar, puede firmar los formularios de consentimiento con usted después de que nazca su bebé
          • Si apoya la adopción pero no quiere participar en el proceso, puede firmar una renuncia a la notificación o negación de la paternidad
          • Si no responde a la notificación, sus derechos de paternidad serán terminados por el tribunal después del nacimiento del bebé
          • Incluso en los casos en que el padre sí responde a la notificación y se opone al plan de adopción, la FCCA puede ayudarle a proceder con la adopción. Por favor, lea lo siguiente para obtener más información sobre los derechos del padre biológico, y discuta sus circunstancias individuales con su trabajador social de adopción. Podemos proporcionarle la orientación legal que necesita e identificar sus opciones para seguir adelante.

            ¿Puedo recibir gastos de manutención y médicos durante mi embarazo?

            Las leyes de adopción de California permiten que los padres adoptivos te ayuden con los gastos que estén directamente relacionados con tu embarazo y que sean necesarios para tu bienestar y el de tu bebé. Estos gastos podrían incluir vivienda, comida, servicios públicos, transporte, ropa de maternidad y gastos médicos.

            Tendrá que firmar por todos los artículos recibidos o pagados en su nombre para que la familia adoptiva pueda informar de estos pagos al tribunal. Para obtener más información sobre los gastos de subsistencia permitidos en California, hable con su trabajador social para discutir sus necesidades financieras.

            Si usted es una familia adoptiva esperanzada o una futura madre que está considerando la adopción, FCCA puede proporcionar los servicios de adopción y la información que necesita para alcanzar sus objetivos de adopción. Si tiene preguntas adicionales sobre las leyes de adopción de California, o si necesita asistencia legal para completar su adopción, por favor póngase en contacto con cualquiera de nuestras oficinas de área.

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