¿Debo utilizar los formularios de la Junta Médica para presentar mi queja o aceptan una carta? Preferimos que utilice nuestro formulario: ya que el formulario de reclamación por correo o por Internet es muy importante. Sin embargo, si su carta nos da los detalles que necesitamos e incluye una declaración escrita, firmada y fechada que autoriza el uso de su nombre, la divulgación de su nombre y la divulgación de información a las personas necesarias para realizar una investigación, aceptaremos su carta. Si no tenemos toda la información o autorización, que necesitamos para llevar a cabo una investigación, su queja se retrasará innecesariamente hasta que obtengamos la información o el permiso.
¿Puedo presentar una queja anónima contra mi médico? La Junta Médica prefiere recibir las quejas firmadas y fechadas. Los archivos de investigación de la Junta son confidenciales. Sin embargo, los médicos y otros profesionales de la salud aliados dentro de la jurisdicción de la Junta Médica son disciplinados a través de un procedimiento de derecho administrativo. En algún momento de este procedimiento puede ser necesaria una audiencia. Para defenderse, el médico u otro titular tiene derecho a enfrentarse a su acusador. Este es un principio básico en el proceso judicial estadounidense. Por lo tanto, la Junta Médica no acepta quejas anónimas, excepto en los casos en que el médico o proveedor de atención médica sea un peligro inmediato para los ciudadanos de Georgia o una queja que implique la muerte de un paciente. Por favor, recuerde que si la Junta acepta una queja anónima, debe haber pruebas suficientes, sin la identidad del denunciante, para que la Junta pueda determinar si se justifica una sanción.
¿Hay un límite estatutario sobre cuándo puedo presentar mi queja? No, no existe un límite estatutario sobre cuándo puede presentar una queja ante la Junta Médica. Sin embargo, a medida que avanza el tiempo, puede ser más difícil para nuestro personal de investigación reunir información para respaldar la queja.