Derechos de voto: Personas con antecedentes penales

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Requisitos de elegibilidad

Puede registrarse para votar y votar si es:

  • Ciudadano de los Estados Unidos y residente en California,
  • 18 años de edad o más el día de las elecciones,
  • No está cumpliendo actualmente una pena de prisión estatal o federal por la condena de un delito grave, y
  • No ha sido declarado actualmente incompetente mentalmente para votar por un tribunal (para más información, por favor, consulte Derecho al voto: Personas sujetas a tutela).

Personas con antecedentes penales que pueden registrarse para votar:

  • En la cárcel del condado:
    • Cumpliendo una condena por un delito menor (un delito menor nunca afecta a su derecho a votar)
    • Porque el tiempo en la cárcel es una condición de la libertad condicional (delito menor o delito grave)
    • Cumpliendo una condena de cárcel por delito grave
    • En espera de juicio
  • En libertad condicional
  • En libertad vigilada
  • En supervisión obligatoria
  • En supervisión comunitaria posterior a lasupervisión comunitaria
  • En libertad supervisada federal
  • Una persona con una sentencia de tutela de menores

Personas con antecedentes penales que no pueden registrarse y votar:

Actualmente están cumpliendo una pena de prisión estatal o federal por la condena de un delito grave en:

  • Prisión estatal
  • Prisión federal
  • Cárcel del condado u otro centro correccional*
  • NOTA: Una vez que haya terminado de cumplir su condena, su derecho a votar se restablece; sin embargo, debe registrarse en línea en RegisterToVote.ca.gov o rellenando una tarjeta de registro de votante en papel.

*El artículo 2910 del Código Penal de California permite al Departamento de Correcciones y Rehabilitación de California (CDCR) hacer acuerdos con los gobiernos locales para alojar a los delincuentes en una cárcel del condado u otro centro correccional. Una persona que esté cumpliendo una sentencia de prisión estatal y que esté alojada en una cárcel local u otra instalación bajo estas circunstancias no puede registrarse y votar.

Preguntas

Si no está seguro de qué tipo de sentencia está cumpliendo, pregunte al personal de su centro correccional.

Cómo registrarse para votar

Por favor, utilice esta herramienta para determinar su elegibilidad: Restablece tu voto

Puedes solicitar una tarjeta de registro de votante en la Secretaría de Estado o en la oficina electoral de tu condado. Si está en la cárcel y es elegible para votar, tiene derecho a recibir una tarjeta de registro de votante.

También puede solicitar registrarse para votar en el sitio web del Secretario de Estado RegisterToVote.ca.gov. Su solicitud de registro de votante debe recibirse o llevar el sello postal al menos quince (15) días antes del día de las elecciones para poder votar en esa elección. En las elecciones llevadas a cabo por el funcionario electoral de su condado, usted puede registrarse «condicionalmente» y votar provisionalmente en la oficina electoral de su condado después de la fecha límite de registro de votantes de 15 días. Para obtener más información, visite la página web del Secretario de Estado sobre el registro y la votación el mismo día (https://www.sos.ca.gov/elections/voter-registration/same-day-reg/) o póngase en contacto con el funcionario electoral de su condado.

Las tarjetas de registro de votantes y los materiales de votación están disponibles en inglés, chino, hindi, japonés, jemer, coreano, español, tagalo, tailandés y vietnamita. Las tarjetas de registro de votantes están disponibles en la mayoría de las bibliotecas públicas y oficinas gubernamentales. Consulte la lista adjunta para obtener la información de contacto de las oficinas electorales estatales y locales.

Voto por correo

Si ya está registrado para votar en su domicilio actual, puede solicitar una solicitud de voto por correo poniéndose en contacto con la oficina electoral de su condado. Una vez que reciba su solicitud de voto por correo, debe completarla y devolverla a la oficina electoral de su condado al menos siete (7) días antes del día de las elecciones.

Si no está registrado para votar en su domicilio actual, puede registrarse o volver a registrarse para votar y solicitar una boleta de voto por correo en el sitio web RegisterToVote del Secretario de Estado.ca.gov.

Liberación de la custodia

Si solicitó una boleta de voto por correo pero es liberado de la custodia antes de recibir su boleta, aún puede votar. Sólo tiene que ir al centro de votación correspondiente a su domicilio o a cualquier centro de votación del condado en el que esté registrado y votar con una papeleta provisional.

Si cambia de nombre, domicilio, dirección postal o preferencia de partido, debe completar una nueva tarjeta de registro de votante.

Recursos

Para obtener más información, póngase en contacto con la oficina electoral de su condado o con el Secretario de Estado de California:

Oficiales electorales del condado de California

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